SOBRE LA PREPARACIÓN DEL
EXPEDIENTE DE TRABAJO DEL PERITO / AUDITOR EN UN INFORME PERICIAL
Manuel González
Santos
Miembro del: Registro
Oficial de Auditores de Cuentas (R.O.A.C.) nº 3422; Instituto de Auditores Censores
Jurados de Cuentas de España (I.A.C.J.C.E.); y del Iltre. Colegio de Economistas
de Málaga nº 2507
La presentación de un informe pericial
emitido para la interposición de una demanda ante los Tribunales de Justicia o,
en su caso, para una contestación a la misma, no es mas que un elemento probatorio aportado por los
Letrados que dirigen los procesos de acusación o de defensa, dentro de la línea
establecida en sus actuaciones. Se concreta en un informe en el que el perito establece
las conclusiones que sobre la prueba solicitada ha obtenido en el desarrollo de
su trabajo. Por tanto, el trabajo debe comenzar con la perfecta comprensión por
el perito del objetivo que el letrado
desea alcanzar con dicha prueba, explicando o acotando, en su caso, las
propuestas genéricas, complejas o que puedan inducir a un erróneo
entendimiento.
Claramente
determinada la información que ha de obtener el perito para el cumplimiento de
los fines de la pericia, que no son
otros que ayudar eficazmente al Juez en su labor de impartir Justicia, el
paso inmediato debe consistir en la elaboración del proyecto de informe
pericial a desarrollar, estableciendo todas las tareas a realizar dentro de
cada una de las fases, así como los
medios a utilizar en cada una de ellas,
teniendo en cuenta la naturaleza
de la pericia solicitada. De una manera general tendrá que determinar los libros de
contabilidad en los que figuren los elementos o asuntos en litigio,
documentación necesaria que debe ser analizada, estados financieros o contables
que deban ser verificados, procesos administrativos o contables que deben ser
estudiados, valoraciones que deben practicarse, cálculos matemáticos y
financieros que deban realizarse, y, en general, establecer las pruebas
selectivas que evidencien las conclusiones a obtener en el trabajo realizado.
Este proyecto del informe pericial
debe encabezar precisamente el expediente
de trabajo del perito. La descripción, ejecución y resultado de cada una
de las tareas que conforman el proyecto en papeles para ello adecuados, así
como la fundamentación normativa y técnica de tales resultados obtenidos, también formarán parte del citado expediente,
quedando constancia de todo el trabajo ejecutado y de los resultados obtenidos,
de la documentación verificada y examinada, libros de contabilidad analizados y
pruebas selectivas ejecutadas y sus conclusiones.
El
expediente de trabajo es de voluntaria preparación, propiedad del perito, y está amparado por el
secreto profesional de las normas que para su profesión están legalmente
establecidas. Su importancia puede comprobarse en un caso de un proceso
judicial real por apropiación indebida.
EN
ESE CASO REAL, EL MAGISTRADO-JUEZ ORDENO EL OBJETO DE LA `PERICIA
El
objeto de la pericia consistía en: “Para que a la vista de los informes de
auditoria interna y de cuanta
documentación obra en las actuaciones así como con las comprobaciones y
exámenes que estimen pertinentes, se emita informe sobre la exactitud y veracidad
de las conclusiones a las que se llega en los anteriores informes y si de ellos
se desprenden prácticas contables y disposiciones de dinero en efectivo
irregulares, detallándose los medios utilizados para ello en las distintas
cuentas de la empresa. Asimismo el o los peritos deberán cuantificar, si así
fuera procedente, el perjuicio económico que tales prácticas han supuesto para
la empresa querellante”
Se emitió informe y contrainforme
con conclusiones totalmente distintas, por lo que el Juzgado dictó providencia
de nombramiento de un tercer perito dirimente.
EL
INFORME EMPIEZA POR LA
DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DEL PERITO
“Este Perito declara bajo promesa de
decir la verdad en lo que ha actuado y, en sus caso, actuará con la mayor
objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como
lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes,
conociendo las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliera su
deber como perito.”
TRABAJOS Y CALCULOS EFECTUADOS POR EL
PERITO
En
la realización del trabajo ejecutado por el perito dirimente, entre otras
tareas, solicitó información sobre el contenido de los expedientes de trabajo que habían elaborado los
peritos de las partes, así como
explicaciones sobre los mismos.
La
primera tarea que, lógicamente aparecía en el proyecto del importe, era
el estudio de los informes de auditoria interna y el examen de los
papeles de trabajo de los mismos, con el explícito consentimiento de los
auditores, en todas las cuestiones que el perito consideró necesario al
conocimiento de las actuaciones realizadas por los auditores De todo lo
examinado y analizado, se elaboró un memorandum que posteriormente formó
parte del expediente de trabajo del
perito, junto a sus propias conclusiones.
Acto
seguido se fueron ejecutando las siguientes fases del proyecto: se examinaron
las operaciones económicas reflejadas en la
contabilidad que guardaban relación con los asuntos a los que se refería
el objeto de la pericia, analizando si técnicamente eran correctos, estaban de
acuerdo con las normas del Plan General de Contabilidad tanto en su exposición
como en su valoración, y si se habían registrado en todos los
libros, tanto principales como auxiliares que correspondían, por sus
valores procedentes; se analizó la documentación justificativa de cada una de
las operaciones de venta que en los informes de auditoria interna se indicaban
como irregulares, y el 35% del resto de las operaciones, lo que suponía el
análisis de un valor mayor de un 70% del total de ingresos obtenidos en la
actividad durante el periodo analizado;
se examinaron los documentos relativos a los pedidos, facturación,
salida de almacén y cobro del importe de cada una de esas operaciones, así como
la debida contabilización en las cuentas procedentes y en el valor realizado;
se verificó si los documentos de cobro correspondientes coincidían con los
importes de los ingresos en Caja o Bancos; se ejecutaron las pruebas selectivas
que el perito consideró necesarias.
En los papeles del expediente de trabajo se incorporaron los resultados de la confrontación de los asientos contables con la documentación analizada, haciendo constar su conformidad o no con la contabilización, o cualquier otra circunstancia de anormalidad. En el caso de que no existía conformidad se indicaba en el expediente la causa de la disconformidad, esto es, si estaban aplicados a cuentas improcedentes, o por importes distintos a los que figuraban en la documentación, o no estaban firmados por las personas adecuadas, o no figuraban en la correspondiente cuenta de Tesorería, o no aparecían en los libros de contabilidad. A la vista de todas las anotaciones se elaboraron los anexos que se adjuntaban al Informe, y que correspondían a la clasificación de las distintas formas de irregularidades cometidas por los querellados, y la relación de las operaciones irregulares que se contenía en cada uno de ellos.
El
resultado de la ejecución de las distintas tareas del proyecto fue la
existencia de una serie de irregularidades
en la contabilidad, incluida la omisión de bastantes asientos contables,
fundamentalmente de ventas, que probaban
la apropiación indebida por los querellados de una importante cantidad de
dinero, en detrimento de la empresa querellante.
Como
consecuencia de esas irregularidades en la contabilidad, la empresa querellante
tuvo que presentar ante los Organismos de la Hacienda Pública ,
una serie de declaraciones tributarias complementarias, que también fueron
valoradas en el informe, tanto en sus importes principales, como en los
intereses calculados, cuyas cifras fueron añadidas a las que se indicaban como
apropiación indebida.
DICTAMEN
Las conclusiones del informe elaborado
por el perito dirimente fueron prácticamente iguales a las del informe
elaborado por el perito de la parte actora.
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