miércoles, 24 de octubre de 2012

SEMANA 06 PAPELES DE TRABAJO -INFORME PERICIAL


SOBRE LA PREPARACIÓN DEL EXPEDIENTE DE TRABAJO DEL PERITO / AUDITOR EN UN INFORME PERICIAL

 

 

Manuel González Santos

 
Miembro del: Registro Oficial de Auditores de Cuentas (R.O.A.C.) nº 3422; Instituto de Auditores Censores Jurados de Cuentas de España (I.A.C.J.C.E.); y del Iltre. Colegio de Economistas de Málaga  nº 2507

    

La presentación de un informe pericial emitido para la interposición de una demanda ante los Tribunales de Justicia o, en su caso, para una contestación a la misma, no es mas que  un elemento probatorio aportado por los Letrados que dirigen los procesos de acusación o de defensa, dentro de la línea establecida en sus actuaciones. Se concreta en un informe en el que el perito establece las conclusiones que sobre la prueba solicitada ha obtenido en el desarrollo de su trabajo. Por tanto, el trabajo debe comenzar con la perfecta comprensión por el perito  del objetivo que el letrado desea alcanzar con dicha prueba, explicando o acotando, en su caso, las propuestas genéricas, complejas o que puedan inducir a un erróneo entendimiento.

 

            Claramente determinada la información que ha de obtener el perito para el cumplimiento de los fines de la pericia, que no son  otros que ayudar eficazmente al Juez en su labor de  impartir Justicia,  el  paso inmediato debe consistir en la elaboración del proyecto de informe pericial a desarrollar, estableciendo todas las tareas a realizar dentro de cada una de las fases, así como los  medios a utilizar en cada una de ellas,  teniendo en cuenta la naturaleza  de la pericia solicitada. De una manera general  tendrá que determinar los libros de contabilidad en los que figuren los elementos o asuntos en litigio, documentación necesaria que debe ser analizada, estados financieros o contables que deban ser verificados, procesos administrativos o contables que deben ser estudiados, valoraciones que deben practicarse, cálculos matemáticos y financieros que deban realizarse, y, en general, establecer las pruebas selectivas que evidencien las conclusiones a obtener en el trabajo realizado.

 

            Este proyecto del informe pericial debe encabezar precisamente el expediente  de trabajo del perito. La descripción, ejecución y resultado de cada una de las tareas que conforman el proyecto en papeles para ello adecuados, así como la fundamentación normativa y técnica de tales resultados obtenidos,  también formarán parte del citado expediente, quedando constancia de todo el trabajo ejecutado y de los resultados obtenidos, de la documentación verificada y examinada, libros de contabilidad analizados y pruebas selectivas ejecutadas y sus conclusiones.

 

            El expediente de trabajo es de voluntaria preparación,  propiedad del perito, y está amparado por el secreto profesional de las normas que para su profesión están legalmente establecidas. Su importancia puede comprobarse en un caso de un proceso judicial real por apropiación indebida.

 

            EN ESE CASO REAL, EL MAGISTRADO-JUEZ ORDENO EL OBJETO DE LA `PERICIA


 

            El objeto de la pericia consistía en: “Para que a la vista de los informes de auditoria interna  y de cuanta documentación obra en las actuaciones así como con las comprobaciones y exámenes que estimen pertinentes, se emita informe sobre la exactitud y veracidad de las conclusiones a las que se llega en los anteriores informes y si de ellos se desprenden prácticas contables y disposiciones de dinero en efectivo irregulares, detallándose los medios utilizados para ello en las distintas cuentas de la empresa. Asimismo el o los peritos deberán cuantificar, si así fuera procedente, el perjuicio económico que tales prácticas han supuesto para la empresa querellante”

 

            Se emitió informe y contrainforme con conclusiones totalmente distintas, por lo que el Juzgado dictó providencia de nombramiento de un tercer perito dirimente.

 

            EL INFORME EMPIEZA POR LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DEL PERITO

 

            “Este Perito declara bajo promesa de decir la verdad en lo que ha actuado y, en sus caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, conociendo las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliera su deber como perito.”

 

            TRABAJOS Y CALCULOS EFECTUADOS POR EL PERITO


 
            En la realización del trabajo ejecutado por el perito dirimente, entre otras tareas, solicitó información sobre el contenido de los  expedientes de trabajo que habían  elaborado los  peritos de las partes, así como   explicaciones sobre los mismos.

 
            La primera tarea que, lógicamente aparecía en el proyecto del importe,   era  el estudio de los informes de auditoria interna y el examen de los papeles de trabajo de los mismos, con el explícito consentimiento de los auditores, en todas las cuestiones que el perito consideró necesario al conocimiento de las actuaciones realizadas por los auditores De todo lo examinado y analizado, se elaboró un memorandum que posteriormente formó parte  del expediente de trabajo del perito, junto a sus propias conclusiones.

 
            Acto seguido se fueron ejecutando las siguientes fases del proyecto: se examinaron las operaciones económicas reflejadas en la  contabilidad que guardaban relación con los asuntos a los que se refería el objeto de la pericia, analizando si técnicamente eran correctos, estaban de acuerdo con las normas del Plan General de Contabilidad tanto en su exposición como en su valoración, y si se habían registrado  en todos los  libros, tanto principales como auxiliares que correspondían, por sus valores procedentes; se analizó la documentación justificativa de cada una de las operaciones de venta que en los informes de auditoria interna se indicaban como irregulares, y el 35% del resto de las operaciones, lo que suponía el análisis de un valor mayor de un 70% del total de ingresos obtenidos en la actividad durante el periodo analizado;  se examinaron los documentos relativos a los pedidos, facturación, salida de almacén y cobro del importe de cada una de esas operaciones, así como la debida contabilización en las cuentas procedentes y en el valor realizado; se verificó si los documentos de cobro correspondientes coincidían con los importes de los ingresos en Caja o Bancos; se ejecutaron las pruebas selectivas que el perito consideró necesarias.

            En los papeles del expediente de trabajo se incorporaron los resultados de la confrontación de los asientos contables con la documentación analizada, haciendo constar su conformidad o no con la contabilización, o cualquier otra circunstancia de anormalidad. En el caso de que no existía conformidad se indicaba en el expediente la causa de la disconformidad, esto es, si estaban aplicados a  cuentas improcedentes, o por importes distintos a los que figuraban en la documentación, o no estaban firmados por las personas adecuadas, o no figuraban en la correspondiente cuenta de Tesorería, o no aparecían en los libros de contabilidad.  A la vista de todas las anotaciones se elaboraron los anexos que se adjuntaban al Informe, y que correspondían a la clasificación de las distintas formas de irregularidades cometidas por los querellados, y la relación de las operaciones irregulares que se contenía en cada uno de ellos.
 
            El resultado de la ejecución de las distintas tareas del proyecto fue la existencia de una serie de irregularidades  en la contabilidad, incluida la omisión de bastantes asientos contables, fundamentalmente de ventas,  que probaban la apropiación indebida por los querellados de una importante cantidad de dinero, en detrimento de la empresa querellante.

             Además se comprobó la realización de una serie de gastos contabilizados en la empresa querellante, a través de  disposiciones mediante tarjeta de crédito a nombre de la misma, en cajeros automáticos, que correspondían a gastos particulares de los querellados.

 
            Como consecuencia de esas irregularidades en la contabilidad, la empresa querellante tuvo que presentar ante los Organismos de la Hacienda Pública, una serie de declaraciones tributarias complementarias, que también fueron valoradas en el informe, tanto en sus importes principales, como en los intereses calculados, cuyas cifras fueron añadidas a las que se indicaban como apropiación indebida.

 

            DICTAMEN


  
El Dictamen del informe pericial fue: “A la vista del trabajo realizado, que se plasma en este informe, con las salvedades que en el mismo se indican, las conclusiones a las que se llegan en los informes de auditoria interna son veraces y de ellos se desprenden prácticas contables irregulares y disposiciones de dinero en efectivo también irregulares por parte de los querellados, cuantificándose  el importe total del perjuicio económico originado a la empresa  querellante por esas  actuaciones y disposiciones de dinero irregulares de los querellados, en xxxxxxxx euros, desglosados en la forma que figura en el Anexo número x de este informe.”

 
Para finalizar la preparación del expediente de trabajo del perito hay que tener en cuenta que, junto a las anotaciones mencionadas en las hojas con sus correspondientes explicaciones y motivaciones, debidamente ordenadas y clasificadas, se adjuntan las copias de los documentos que el perito considera conveniente, por su importancia o por su repercusión en el contenido del informe, así como las hojas o listados de los libros de contabilidad que contengan información relevante en el mismo.  

 
            ACLARACIÓN

 
Las conclusiones del informe elaborado por el perito dirimente fueron prácticamente iguales a las del informe elaborado por el perito de la parte actora.
 
 
 
 
 

 

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