SOBRE LA PREPARACIÓN DEL EXPEDIENTE DE TRABAJO DEL PERITO / AUDITOR EN UN
INFORME PERICIAL
Manuel González
Santos
Miembro
del: Registro Oficial de Auditores de Cuentas (R.O.A.C.) nº 3422; Instituto de
Auditores Censores Jurados de Cuentas de España (I.A.C.J.C.E.); y del Iltre.
Colegio de Economistas de Málaga nº 2507
La presentación de un informe pericial
emitido para la interposición de una demanda ante los Tribunales de Justicia o,
en su caso, para una contestación a la misma, no es mas que un
elemento probatorio aportado por los Letrados que dirigen los procesos de
acusación o de defensa, dentro de la línea establecida en sus actuaciones. Se
concreta en un informe en el que el perito establece las conclusiones que sobre
la prueba solicitada ha obtenido en el desarrollo de su trabajo. Por tanto, el
trabajo debe comenzar con la perfecta comprensión por el perito del
objetivo que el letrado desea alcanzar con dicha prueba, explicando o acotando,
en su caso, las propuestas genéricas, complejas o que puedan inducir a un
erróneo entendimiento.
Claramente
determinada la información que ha de obtener el perito para el cumplimiento de
los fines de la pericia, que no son otros que ayudar eficazmente al
Juez en su labor de impartir Justicia, el paso
inmediato debe consistir en la elaboración del proyecto de informe pericial a
desarrollar, estableciendo todas las tareas a realizar dentro de cada una de
las fases, así como los medios a utilizar en cada una de
ellas, teniendo en cuenta la naturaleza de la pericia
solicitada. De una manera general tendrá que determinar los libros
de contabilidad en los que figuren los elementos o asuntos en litigio,
documentación necesaria que debe ser analizada, estados financieros o contables
que deban ser verificados, procesos administrativos o contables que deben ser estudiados,
valoraciones que deben practicarse, cálculos matemáticos y financieros que
deban realizarse, y, en general, establecer las pruebas selectivas que
evidencien las conclusiones a obtener en el trabajo realizado.
Este
proyecto del informe pericial debe encabezar precisamente el expediente de
trabajo del perito. La descripción, ejecución y resultado de cada una de las
tareas que conforman el proyecto en papeles para ello adecuados, así como la
fundamentación normativa y técnica de tales resultados obtenidos, también
formarán parte del citado expediente, quedando constancia de todo el trabajo
ejecutado y de los resultados obtenidos, de la documentación verificada y
examinada, libros de contabilidad analizados y pruebas selectivas ejecutadas y
sus conclusiones.
El
expediente de trabajo es de voluntaria preparación, propiedad del
perito, y está amparado por el secreto profesional de las normas que para su
profesión están legalmente establecidas. Su importancia puede comprobarse en un
caso de un proceso judicial real por apropiación indebida.
EN
ESE CASO REAL, EL MAGISTRADO-JUEZ ORDENO EL OBJETO DE LA `PERICIA
El
objeto de la pericia consistía en: “Para que a la vista de los informes
de auditoria interna y de cuanta documentación obra en las
actuaciones así como con las comprobaciones y exámenes que estimen pertinentes,
se emita informe sobre la exactitud y veracidad de las conclusiones a las que se
llega en los anteriores informes y si de ellos se desprenden prácticas
contables y disposiciones de dinero en efectivo irregulares, detallándose los
medios utilizados para ello en las distintas cuentas de la empresa. Asimismo el
o los peritos deberán cuantificar, si así fuera procedente, el perjuicio
económico que tales prácticas han supuesto para la empresa querellante”
Se
emitió informe y contrainforme con conclusiones totalmente distintas, por lo
que el Juzgado dictó providencia de nombramiento de un tercer perito dirimente.
EL INFORME EMPIEZA POR LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DEL PERITO
“Este
Perito declara bajo promesa de decir la verdad en lo que ha actuado y, en sus
caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto
lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a
cualquiera de las partes, conociendo las sanciones penales en las que podría
incurrir si incumpliera su deber como perito.”
TRABAJOS Y CALCULOS EFECTUADOS POR EL PERITO
En
la realización del trabajo ejecutado por el perito dirimente, entre otras
tareas, solicitó información sobre el contenido de los expedientes
de trabajo que habían elaborado los peritos de las
partes, así como explicaciones sobre los mismos.
La
primera tarea que, lógicamente aparecía en el proyecto del importe, era el
estudio de los informes de auditoria interna y el examen de los papeles de
trabajo de los mismos, con el explícito consentimiento de los auditores, en
todas las cuestiones que el perito consideró necesario al conocimiento de las
actuaciones realizadas por los auditores De todo lo examinado y analizado, se
elaboró un memorandum que posteriormente formó parte del expediente
de trabajo del perito, junto a sus propias conclusiones.
Acto
seguido se fueron ejecutando las siguientes fases del proyecto: se examinaron
las operaciones económicas reflejadas en la contabilidad que
guardaban relación con los asuntos a los que se refería el objeto de la
pericia, analizando si técnicamente eran correctos, estaban de acuerdo con las
normas del Plan General de Contabilidad tanto en su exposición como en su
valoración, y si se habían registrado en todos los libros,
tanto principales como auxiliares que correspondían, por sus valores
procedentes; se analizó la documentación justificativa de cada una de las
operaciones de venta que en los informes de auditoria interna se indicaban como
irregulares, y el 35% del resto de las operaciones, lo que suponía el análisis
de un valor mayor de un 70% del total de ingresos obtenidos en la actividad
durante el periodo analizado; se examinaron los documentos relativos
a los pedidos, facturación, salida de almacén y cobro del importe de cada una
de esas operaciones, así como la debida contabilización en las cuentas
procedentes y en el valor realizado; se verificó si los documentos de cobro
correspondientes coincidían con los importes de los ingresos en Caja o Bancos;
se ejecutaron las pruebas selectivas que el perito consideró necesarias.
En
los papeles del expediente de trabajo se incorporaron los resultados de la
confrontación de los asientos contables con la documentación analizada,
haciendo constar su conformidad o no con la contabilización, o cualquier otra
circunstancia de anormalidad. En el caso de que no existía conformidad se
indicaba en el expediente la causa de la disconformidad, esto es, si estaban
aplicados a cuentas improcedentes, o por importes distintos a los
que figuraban en la documentación, o no estaban firmados por las personas
adecuadas, o no figuraban en la correspondiente cuenta de Tesorería, o no
aparecían en los libros de contabilidad. A la vista de todas las
anotaciones se elaboraron los anexos que se adjuntaban al Informe, y que
correspondían a la clasificación de las distintas formas de irregularidades
cometidas por los querellados, y la relación de las operaciones irregulares que
se contenía en cada uno de ellos.
El
resultado de la ejecución de las distintas tareas del proyecto fue la
existencia de una serie de irregularidades en la contabilidad,
incluida la omisión de bastantes asientos contables, fundamentalmente de
ventas, que probaban la apropiación indebida por los querellados de
una importante cantidad de dinero, en detrimento de la empresa querellante.
Además
se comprobó la realización de una serie de gastos contabilizados en la empresa
querellante, a través de disposiciones mediante tarjeta de crédito a
nombre de la misma, en cajeros automáticos, que correspondían a gastos
particulares de los querellados.
Como
consecuencia de esas irregularidades en la contabilidad, la empresa querellante
tuvo que presentar ante los Organismos de la Hacienda Pública, una serie
de declaraciones tributarias complementarias, que también fueron valoradas en
el informe, tanto en sus importes principales, como en los intereses
calculados, cuyas cifras fueron añadidas a las que se indicaban como
apropiación indebida.
DICTAMEN
El Dictamen del informe pericial fue: “A
la vista del trabajo realizado, que se plasma en este informe, con las
salvedades que en el mismo se indican, las conclusiones a las que se llegan en
los informes de auditoria interna son veraces y de ellos se desprenden
prácticas contables irregulares y disposiciones de dinero en efectivo también
irregulares por parte de los querellados, cuantificándose el importe
total del perjuicio económico originado a la empresa querellante por
esas actuaciones y disposiciones de dinero irregulares de los
querellados, en xxxxxxxx euros, desglosados en la forma que figura en el Anexo
número x de este informe.”
Para finalizar la preparación del
expediente de trabajo del perito hay que tener en cuenta que, junto a las
anotaciones mencionadas en las hojas con sus correspondientes explicaciones y
motivaciones, debidamente ordenadas y clasificadas, se adjuntan las copias de
los documentos que el perito considera conveniente, por su importancia o por su
repercusión en el contenido del informe, así como las hojas o listados de los
libros de contabilidad que contengan información relevante en el
mismo.
ACLARACIÓN
Las conclusiones del informe
elaborado por el perito dirimente fueron prácticamente iguales a las del
informe elaborado por el perito de la parte actora.
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